Divorcio · CABA y GBA

Divorcio de común acuerdo o unilateral. Sin culpa. Con un plan.

Desde 2015 no hace falta que el otro esté de acuerdo ni probar una causal. Lo que sí hace falta es un abogado, una propuesta reguladora y, si hay hijos o bienes, ordenar esas piezas a tiempo.

Los dos caminos

Común acuerdo

Ambos presentan juntos y acompañan un convenio sobre hijos, vivienda, alimentos y bienes. Es el trámite más ágil: en muchos juzgados, entre 3 y 5 meses si la documentación está completa. Más previsible y, en general, más económico.

Unilateral

Lo inicia uno solo. No se exige consentimiento ni un plazo de separación. El tiempo lo marca sobre todo la notificación al otro cónyuge: suele ir de 6 a 12 meses. La falta de acuerdo en alimentos o bienes no impide que se dicte el divorcio; esas cuestiones siguen su cauce.

Documentos habituales

  • DNI de quien inicia (y de ambos, si es conjunto).
  • Acta de matrimonio original o copia certificada.
  • Partidas de nacimiento de hijos menores, timbradas, con poca antigüedad.
  • Documentación de bienes: escrituras, títulos, cuentas.
  • En el unilateral: último domicilio conocido del otro para notificar.

Convenio regulador, alimentos y vivienda

Aunque el vínculo se disuelva sin pelea, hay que decidir con quién viven los chicos, cómo se comunican con el otro progenitor, qué cuota alimentaria se paga y quién se queda en la casa. Si no hay acuerdo, se litiga en paralelo o después. El asistente te arma la lista; en la consulta diseñamos la estrategia.

Compensación económica y gananciales

Si el matrimonio dejó a uno en clara desventaja —por ejemplo, quien dejó la carrera para criar— puede corresponder compensación económica. Los bienes gananciales se liquidan por convenio o por juicio. Son piezas distintas del divorcio en sí: se pueden resolver juntas o en etapas.

Preguntas

Divorcio, en criollo.

Se llama así al divorcio sin culpa ni espera. Sigue siendo un juicio con abogado y sentencia. El Registro Civil solo inscribe al final.
Se inicia igual. Se notifica y el juez puede dictar el divorcio aunque no haya acuerdo sobre el resto.
Un pago o renta para corregir un desequilibrio manifiesto producido por el matrimonio y su ruptura. Se prueba con hechos: años de cuidado, carrera interrumpida, patrimonio de cada uno.
En muchos casos sí, por videollamada y envío de documentación. Te decimos en la primera charla si tu juzgado y tu situación lo permiten.

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Un divorcio bien planteado ahorra años.

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