Los dos caminos
Común acuerdo
Ambos presentan juntos y acompañan un convenio sobre hijos, vivienda, alimentos y bienes. Es el trámite más ágil: en muchos juzgados, entre 3 y 5 meses si la documentación está completa. Más previsible y, en general, más económico.
Unilateral
Lo inicia uno solo. No se exige consentimiento ni un plazo de separación. El tiempo lo marca sobre todo la notificación al otro cónyuge: suele ir de 6 a 12 meses. La falta de acuerdo en alimentos o bienes no impide que se dicte el divorcio; esas cuestiones siguen su cauce.
Documentos habituales
- DNI de quien inicia (y de ambos, si es conjunto).
- Acta de matrimonio original o copia certificada.
- Partidas de nacimiento de hijos menores, timbradas, con poca antigüedad.
- Documentación de bienes: escrituras, títulos, cuentas.
- En el unilateral: último domicilio conocido del otro para notificar.
Convenio regulador, alimentos y vivienda
Aunque el vínculo se disuelva sin pelea, hay que decidir con quién viven los chicos, cómo se comunican con el otro progenitor, qué cuota alimentaria se paga y quién se queda en la casa. Si no hay acuerdo, se litiga en paralelo o después. El asistente te arma la lista; en la consulta diseñamos la estrategia.
Compensación económica y gananciales
Si el matrimonio dejó a uno en clara desventaja —por ejemplo, quien dejó la carrera para criar— puede corresponder compensación económica. Los bienes gananciales se liquidan por convenio o por juicio. Son piezas distintas del divorcio en sí: se pueden resolver juntas o en etapas.